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CONVOCADA LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL CATEGORÍA III

CONVOCADA LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL CATEGORÍA III

CONVOCADA LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL CATEGORÍA PROFESIONAL III

POR ORDEN PRE/105/2024, DE 9 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCESO EXTRAORDINARIO DE ACCESO A LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL, CATEGORÍA PROFESIONAL III, EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y DE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOSPOR 

 

PODRÁN PRESENTAR SOLICITUD EL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL QUE PRESTE SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE SERVICIO ACTIVO O EN CUALQUIER OTRA QUE IMPLIQUE RESERVA DE PLAZA O DE PUESTO DE TRABAJO

 

LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN SON LOS SIGUIENTES:

 

La participación en la presente convocatoria es voluntaria.


a) Encontrarse en situación de servicio activo o en cualquier otra que implique reserva de plaza o de puesto de trabajo, en el grupo o subgrupo para el que solicita el reconocimiento de la carrera profesional, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el fin del plazo de presentación de solicitudes.


b) Haber obtenido el reconocimiento individual de la categoría profesional II por el procedimiento de acceso extraordinario resuelto por Orden PRE/1228/2023, de 20 de octubre (B.O.C. y L. de 27 de octubre de 2023). Aquellos interesados que, habiendo participado en el proceso citado en el párrafo anterior, hubiesen formulado recurso de reposición contra la Orden PRE/1228/2023, de 20 de octubre y este no hubiese sido resuelto, podrán presentar sus solicitudes en el plazo previsto en esta convocatoria, condicionadas, en su caso, al reconocimiento definitivo de la categoría profesional II, mediante la resolución del recurso interpuesto.


c) Acreditar un tiempo mínimo de permanencia de 20 años continuados o interrumpidos del empleado público en el correspondiente grupo o subgrupo profesional al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos.

Dicho requisito de permanencia debe cumplirse a 31 de diciembre de 2023.

Se entenderá como tiempo de permanencia el tiempo transcurrido en alguna de las siguientes situaciones administrativas

a) Servicio activo.

b) Servicios especiales.

c) Servicio en otras Administraciones públicas.

d) Excedencia por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista, en los términos previstos en el artículo 89, apartados 5 y 6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

e) Excedencia por cuidado de familiares.

f) Excedencia forzosa.


Procedimiento:

1. Solicitud. El procedimiento para el acceso extraordinario a la categoría profesional III se iniciará mediante la presentación de la correspondiente solicitud dirigida al consejero de la Presidencia.


a) Modelo de solicitud. La solicitud se efectuará conforme al modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en la dirección https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

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  • b) Cumplimentación. El personal interesado cumplimentará la solicitud a través del Portal Personal del Empleado. El personal que no tenga acceso al Portal Personal del Empleado cumplimentará la solicitud a través de la página web de la Junta de Castilla y León (http://www.empleopublico.jcyl.es/).

  • c) Presentación. La solicitud se presentará de forma telemática en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, firmada con certificado digital de persona física válida: certificado digital de la FNMT o DNI electrónico con los certificados activados



  • Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 22 de marzo de 2024

  • e) Modificación de la solicitud. Solo se admitirá una solicitud por persona. Los participantes deberán cumplimentar una única solicitud, prevaleciendo, en el supuesto de que se presente más de una, la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro

Pinchar aquí para ampliar la información:

 

BOCyL n.º 32, 14 de febrero de 2024 - Disp. 014 (jcyl.es)

 

 

TRABAJANDO PARA TODOS

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